El estudio jurídico Dignidad y Derecho (DyD) expresó su preocupación frente a la reciente sentencia de la Corte Constitucional que permite que adolescentes soliciten la rectificación del dato de género en su cédula de identidad. Según la organización, el fallo introduce inconsistencias jurídicas relevantes señaladas en los cuatro votos salvados dentro de la Corte, que cuestionan la interpretación de la normativa vigente y advierten posibles implicaciones en su aplicación futura

Las decisiones sobre identidad legal de género deben respetar el marco normativo vigente y considerar que la adolescencia es una etapa de formación de identidad. Permitir que los adolescentes cambien de género en su cédula —decisión irreversible según la ley—, cuando la evidencia empírica muestra que en la mayoría de los casos no persiste en la adultez, con estimaciones que oscilan entre el 61 % y el 98 % según estudios longitudinales clínicos (Steensma et al., 2013; Singh et al., 2021), genera riesgos muy graves para los menores y, además, genera incertidumbre jurídica.

Según Víctor Manuel Valle, abogado de Dignidad y derecho, la decisión podría alterar el sentido de la normativa actual que establece requisitos claros para este tipo de cambios: “Lo que hace la Corte aquí es darle a un adolescente la posibilidad de que tome una decisión irreversible cuando, precisamente, la adolescencia es una etapa de formación de la identidad. Esta interpretación termina vaciando el sentido de la norma que limita estos cambios para mayores de edad”.

La sentencia de mayoría, al analizar el artículo 94 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, omite considerar un elemento central de la propia norma: la rectificación de la mención del género solo puede realizarse una vez. Esta limitación implica que un adolescente —en una etapa aún marcada por procesos de desarrollo personal y maduración— podría adoptar una decisión de carácter fundamental sin posibilidad posterior de revertir esta apresurada decisión.

Decisión judicial dividida en la CC

“Estamos hablando de una sentencia aprobada con cinco votos frente a cuatro votos en contra, lo cual evidencia lo polémico del asunto”, indicó Valle.

De acuerdo con el vocero de la organización, los votos salvados cuestionan directamente el razonamiento del fallo de mayoría, señalando que no se habrían considerado principios constitucionales y que, principalmente, a la Corte no le corresponde legislar, incluso calificando la resolución de la Corte como un acto de activismo judicial injustificado.

Impacto jurídico de la sentencia

Dignidad y derecho advirtió que los votos salvados dejan claro el problema de la sentencia, pues omiten del análisis de dicho artículo el componente central: la rectificación de la mención del género solo puede realizarse una vez y es irreversible. Además destacan, que la decisión de la Corte no se limita al caso específico, sino que genera efectos jurídicos a casos similares.

“La sentencia tiene efectos no solo para el caso concreto sino también para situaciones similares que puedan presentarse en el futuro, ya que constituye jurisprudencia de obligatorio cumplimiento para casos similares”, agregó Valle.

Datos relevantes en el debate sobre transición de género en menores

En el debate internacional sobre políticas relacionadas con la transición de género en menores, informes públicos han señalado aspectos médicos, psicológicos y sociales que alarman la gravedad de estas prácticas.

Entre los datos citados en investigaciones recientes se encuentran:

• La mayoría de los casos de disforia de género diagnosticados en la infancia no persisten durante la adolescencia o la adultez, con estimaciones de desistencia que oscilan entre el 61 % y el 98 %, según distintos estudios longitudinales clínicos. (Steensma et al., Journal of the American Academy of Child & Adolescent Psychiatry, 2013; Singh et al., Frontiers in Psychology, 2021).

• Solo alrededor del 23 % de los niños, y entre el 12 % y el 27 % de las niñas, mantienen esta identificación más allá de la adolescencia. (Steensma et al., Journal of the American Academy of Child & Adolescent Psychiatry, 2013).

• El 40 % de las personas transgénero reporta haber intentado suicidarse al menos una vez en su vida, frente a aproximadamente 4,6 % de la población general en Estados Unidos. (James et al., U.S. Transgender Survey, National Center for Transgender Equality, 2015).

• En Suecia, personas sometidas a cirugías de reasignación de sexo presentaron una razón de riesgo de suicidio de 19,1 en comparación con la población general, en un estudio de cohorte poblacional. (Dhejne et al., PLOS ONE, 2011).

• El Cass Review concluye que la evidencia disponible sobre los beneficios y riesgos de los bloqueadores puberales es limitada y de baja calidad, y advierte posibles efectos en el desarrollo óseo, la fertilidad y el neurodesarrollo. (Cass Review, NHS England, 2024).

• La supresión puberal suele dar paso a tratamientos hormonales de largo plazo, con potencial impacto sobre la fertilidad futura. (Hembree et al., Journal of Clinical Endocrinology & Metabolism, 2017).

• Datos recientes del sistema público de salud del Reino Unido indican que una parte de los pacientes abandona o revierte la transición médica, aunque estas cifras deben interpretarse con cautela por su contexto metodológico. (NHS follow-up study, Reino Unido).

• En una encuesta a 100 personas que revirtieron su transición en Estados Unidos, Canadá y Europa, aproximadamente un tercio manifestó arrepentimiento respecto de las intervenciones realizadas. (Littman, Archives of Sexual Behavior, 2021).

• La información pública más reciente de Inglaterra y Estados Unidos recomienda cautela frente a las intervenciones médicas y sociales relacionadas con la transición de género en menores. (Cass Review, NHS England, 2024; HHS Evidence Review, Estados Unidos, 2025).

• Tanto el Cass Review como el informe del Departamento de Salud de Estados Unidos advierten que la transición social en menores —como el cambio de nombre o pronombres— no es necesariamente una medida neutral y puede influir en decisiones posteriores. (Cass Review, NHS England, 2024; HHS Evidence Review, 2025).

Posición de la organización

La fundación Dignidad y Derecho señaló que el debate jurídico sobre este tema debe considerar tanto el marco constitucional como la evidencia científica disponible.

“El Estado debe mantener una postura que garantice la protección del derecho a la identidad de los niños frente a los procesos de desarrollo propios de la adolescencia. Las decisiones jurídicas permanentes deberían adoptarse cuando la persona alcance la mayoría de edad y pueda comprender plenamente las implicaciones legales de sus decisiones”, indicó la organización.